La adquisición de nacionalidad se regula en el Código Civil. En cambio, las autorizaciones de residencia, renovaciones o prórrogas, se regulan en el Reglamento de Extranjería aprobado por Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, junto a otros reglamentos sectoriales, se ocupan dentro del marco general de la Ley Orgánica de Extranjería y del derecho europeo, de regular la obtención de autorizaciones a través de las oficinas de extranjería como las siguientes:

- Movilidad de estudiantes dentro de la Unión Europea
- Renovación de la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar
- Autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones humanitarias
- Autorización de residencia temporal por circunstancia. excepto. por colaboración con autoridades policiales, fiscales, judiciales o seguridad nacional
- Autorización de residencia temporal por circunstancias excepto por interés público o colaboración con la administración laboral
- Autorización de residencia temporal y trabajo de mujeres extranjeras víctimas de violencia de género
- Autorización de residencia de larga duración nacional
- Autorización de residencia de larga duración UE
- Renovación de la autorización de residencia temporal y trabajo de profesionales altamente cualificados
Y muchos más tipos. No es fácil moverse por ese laberinto de puertas abiertas a la regularización, a la obtención de la autorización de residencia, a cumplimentar los requisitos para conseguir la nacionalidad… y poder estar en España disfrutando del país y sus gentes.
Por eso, QUESADA ABOGADOS intentaremos facilitarle los trámites e informarle con el mayor de los intereses.



No dudes en llamarnos al +34 655 480551 o escribirnos: dudasdenacionalidad@gmail.com. ¡Gracias por su confianza!
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