Quesada Abogados Extranjería - ucranianos en situación irregular

El Tribunal Supremo garantiza la no devolución de ucranianos en situación irregular

La guerra de Rusia y Ucrania cayó como una desgracia sobre la humanidad y especialmente sobre la ciudadanía del país invadido, pero tuvo también impacto sobre los ucranianos en situación irregular en otros países.

Pues bien, se planteó judicialmente el caso de los ucranianos a los que fue denegada la protección internacional y derecho de asilo pues el Ministerio de Interior no creía que fueren fruto de ninguna persecución, denegándosele tanto el derecho de asilo como la protección subsidiaria. Al tiempo de recurrir ante el Tribunal Supremo brotó el conflicto bélico con Rusia y se planteó la incidencia del régimen sobrevenido de protección otorgado por el Consejo de Ministros el 8 de marzo de 2022, en relación con situaciones anteriores zanjadas con resoluciones denegatorias.

O sea, el impacto de la guerra ruso-ucraniana sobre los ucranianos en situación irregular, bien por carecer de autorización de residencia o por habérsele denegado la protección internacional, pero que la vuelta a su país se ofrece terrible. Todos comprendemos que humanamente no hay fuerza capaz de enviarlos de vuelta, pero jurídicamente se precisaba una respuesta clara y sensible.

El asunto cayó ante el Tribunal Supremo. La Sala sigue a la Ley reguladora de derecho de asilo (Ley 11/2009) y distingue la llamada “protección subsidiaria” y la “protección temporal”. Para la protección subsidiaria es preciso que se den motivos fundados para creer que aquellas personas que solicitan asilo o en su defecto este mecanismo de protección si regresasen a su país de origen se enfrentarían a un riesgo real de sufrir daños graves que deben probarse. En cambio, para la “protección temporal” no hay necesidad de probar ese riesgo, y opera automáticamente solamente con acreditar que se encuentra entre los grupos afectados, y con ello obtendrán ell beneficio de la no devolución.

Señala que el Acuerdo del Consejo de Ministros de España de 8 de marzo de 2022, amplió la protección temporal, a los nacionales de Ucrania que se encontraban en situación irregular en España antes del 24 de febrero y que, como consecuencia del conflicto armado, no pueden regresar a Ucrania.

Por tanto, en estos casos, recuerda la sentencia de la sala contencioso-administrativa del Tribunal Supremo de 8 de marzo de 2023 (rec. 8282/2021) que tales ucranianos que estaban en España con anterioridad en situación de irregularidad se beneficiarán de la protección temporal:

sin que puedan ser expulsados del territorio nacional en virtud del principio del Derecho Internacional Humanitario de no devolución ( ne-refoulement), que debe ser garantizado (…)Este es un efecto inmediato, que opera con automatismo, sin necesidad de justificar un riesgo real de sufrir daños en su país de origen en el caso de ser devuelto, como si es exigible en los casos de protección subsidiaria”.

O sea, que lógicamente la notoriedad del conflicto bélico dispensa de toda prueba del riesgo de retorno y los ucranianos se beneficiarán de la protección temporal.

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