Arraigo para la Formación - Belén Quesada

Arraigo socioformativo

Una nueva puerta muy interesante para la regularización.

Una mujer sentada en una mesa, mirando hacia abajo y escribiendo, rodeada de libros y una planta, con luz suave proveniente de una ventana.

PARA QUIENES QUIEREN APRENDER Y USAR LO APRENDIDO.

REQUISITOS

1. VÍA GENERAL: Estar matriculado o estar cursando alguna de las formaciones indicadas.
Si la matrícula tuviera un plazo oficial para su formalización, la solicitud de la autorización de arraigo socioformativo deberá presentarse en los dos meses anteriores al inicio de ese plazo. La prueba de la matriculación se deberá acreditar ante la oficina de extranjería en un plazo de tres meses desde la notificación de la resolución de concesión de la autorización.

  • Modificación de estudios. En casos debidamente justificados, se podrá presentar la matrícula para una formación distinta de la prevista inicialmente, cujmpliendo los requisitos generales de formación
  • Extinción: Falta de acreditación de la prueba de la matrícula en plazo será causa de extinción de la autorización concedida:

2. VÍA ESPECIAL: Los que se comprometan a realizar una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo en España y orientada al desempeño de ocupaciones incluidas en el Catálogo oficial. La falta de acreditación de la realización de dicha formación será causa de extinción de la autorización concedida.

En ambos casos, se exigirá un informe de integración social en España.

EFECTOS

  • Habilitará para trabajar por cuenta ajena un máximo de treinta horas a la semana en cómputo global, remuneradas como mínimo con el salario mínimo interprofesional o el salario establecido, en su caso, en el convenio colectivo aplicable, en el momento de la solicitud en proporción a la jornada trabajada.

PRÓRROGA

La prórroga de la autorización concedida por arraigo socioformativo estará condicionada al informe del centro correspondiente que certifique la promoción al segundo curso, en el caso de los ciclos formativos de grado básico o grado medio. En el supuesto de que se hubiera terminado la formación antes de finalizar el año, la prórroga se condicionará a la prueba del título o certificado obtenido y a encontrarse en situación de búsqueda activa de empleo y debidamente inscrito en el servicio público de empleo.

Consultas
Sin embargo, en España pronto se aprende que nada es tan fácil como parece.

Por eso más vale no precipitarse, no cometer errores irreversibles y asesorarse porque es muy importante lo que está en juego: la regularización de la estancia y una vida mejor.

No dudes en llamarnos al +34 655 480551 o escribirnos si te interesa: dudasdenacionalidad@gmail.com. ¡Gracias por su confianza!


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